[ Energetico y Petrolero ]

Derecho Energético y Petrolero

 

Esta área cuenta con un equipo interdisciplinario de profesionales en derecho minero, petrolero, energético, ambiental, articulados con el recurso técnico, conformado por ingenieros ambientales, ingenieros de petróleos, ingenieros de minas, financieros y geólogos(as), con gran experiencia en el sector, en el manejo administrativo y de campo, ante las entidades reguladoras, ambientales, con la capacidad de afrontar controversias con el Estado y particulares a través de negociación, arbitraje y litigio.

 

Ofrecemos el acompañamiento, representación e intermediación dentro de la cadena de los hidrocarburos en Colombia en actividades de exploración de yacimientos convencionales y no convencionales, continentales y “offshore”, en búsqueda de potenciales yacimientos de petróleo crudo y gas natural, así como la explotación de estos yacimientos, transporte, distribución y comercialización de los hidrocarburos producidos.

 

 

Algunos de los temas de Interés:

 

• Asesoría, intermediación y representación para la exploración y explotación de hidrocarburos.

 

• Estudio y proyección para la postulación en la asignación de un área por la ANH, suscripción de un contrato de evaluación técnica (TEA) o un contrato de exploración y producción (E&P).

 

• Acompañamos a nuestros clientes en los diferentes procesos y etapas que deben pasar en los sectores de minas, energía e hidrocarburos, incluyendo asuntos ambientales, corporativos, fusiones y adquisiciones, asuntos regulatorios y contractuales, financiación de proyectos y operaciones del sector.

 

• Representación y acompañamiento en procesos sancionatorios por el incumplimiento de las normas sobre distribución de combustibles.

 

• Acompañamiento y análisis en el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y las normas técnicas relacionadas con la distribución de combustibles líquidos.

 

• Supervisión y estudio técnico sobre la aditivación, calidad y cantidad de los combustibles líquidos derivados del petróleo.

 

• Asesoría y tramite en licenciamiento ambiental en los términos establecidos en el Decreto 2041 de 2014:

 

1. Las actividades de exploración sísmica que requieran la construcción de vías para el tránsito vehicular y las actividades de exploración sísmica en las áreas marinas del territorio nacional cuando se realicen en profundidades inferiores a 200 metros.

 

2. Los proyectos de perforación exploratoria por fuera de campos de producción de hidrocarburos existentes, de acuerdo con el área de interés que declare el peticionario.

 

3. La explotación de hidrocarburos que incluye la perforación de los pozos de cualquier tipo, la construcción de instalaciones propias de la actividad, las obras complementarias incluidas el transporte interno de fluidos del campo por ductos, el almacenamiento interno, vías internas y demás infraestructuras asociada y conexa.

 

4. El transporte y conducción de hidrocarburos líquidos y gaseosos que se desarrollen por fuera de los campos de explotación que impliquen la construcción y montaje de in­fraestructura de líneas de conducción con diámetros iguales o superiores a seis (6) pulgadas (15.24 centímetros), incluyendo estaciones de bombeo y/o reducción de presión y la corres­pondiente infraestructura de almacenamiento y control de flujo; salvo aquellas actividades relacionadas con la distribución de gas natural de uso domiciliario, comercial o industrial;

 

5. Los terminales de entrega y estaciones de transferencia de hidrocarburos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte de hidrocarburos y sus productos y derivados por ductos;

 

6. La construcción y operación de refinerías y los desarrollos petroquímicos que formen parte de un complejo de refinación

 

 

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